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jueves, 26 de mayo de 2016

Más de 3.000 niños viven en hospicios de Madrid.

Familias de Colores, uno de los organismos acreditados para la adopción (OAA), ha denunciado este viernes que 18.000 niños esperan aún encontrar una familia en España, 3.000 de ellos en la Comunidad de Madrid. Una cifra muy elevada, afirman, cuando ya ha pasado un año desde la aprobación de la Ley de Protección de la Infancia, que regula las adopciones y que pretendía agilizarlas. Sostiene que el problema radica en la ausencia de un reglamento y solicita que se desarrolle uno de forma urgente para que 33.000 familias españolas, 8.000 de ellas madrileñas, logren la adopción que tanto anhelan. El colectivo, que denuncia que el 90% de los menores que vive en hospicios tiene más de seis años y ya nadie los quiere, también ha demandado financiación pública.
“En los 20 años de vida que tienen las OAA, no hemos recibido ni un céntimo de la administración, cosa que sí sucede en otros países europeos. Aquí, los gastos los soportan las familias”, se ha quejado Susana Morales. La directora de Familias de Colores ha comparecido en la Asamblea de Madridinvitada por el PSOE. 
En su opinión, organismos como el que dirige realizan funciones delegadas que no cubren las administraciones públicas, de ahí la importancia de mantenerlos. Ha destacado que con la norma aprobada el pasado año las competencias quedaron en manos del Estado (antes eran de las comunidades autónomas), pero que como no se ha desarrollado, estas no quedan claras. “No tenemos autoridad a la que dirigirnos. Desde el Gobierno nos han dicho que tengamos paciencia”, ha subrayado.

A pesar de ser el segundo país del mundo en cuanto a peticiones de adopción se refiere, Morales denuncia que la elevada cifra no ayuda a que el proceso culmine con éxito. Achaca la responsabilidad a la complicada burocracia y a que, en España, no se permita la adopción de niños de 45 países en los que sí pueden hacerlo familias del resto de Europa (Cabo Verde, Tailandia o Haití entre ellos). Ha solicitado que cambie una regulación que en 2014 hizo posible la adopción de algo más de 1.000 niños de diferentes países cuando en 2004 la cifra sobrepasó las 5.500. En opinión de Morales, los informes deben realizarlos expertos, no “los cónsules españoles en esos países”. “Dejen de vender la moto diciendo que no hay países donde adoptar. España ve irregularidades donde otros Estados con más medios y más experiencia no las ve”, ha declarado la experta en adopción.

49 adopciones en 2014

Otras de las quejas de Morales radica en los problemas burocráticos, que impiden agilidad en las adopciones. En 2014, en la Comunidad de Madrid solo hubo 49 y se abrieron otros 178 expedientes que no se ejecutaron, y eso a pesar de que hay 3.000 niños bajo la tutela del Gobierno regional. “¿No os parecen pocas adopciones?, ha preguntado Morales a los miembros de la comisión de Asuntos Sociales del parlamento regional. Ella misma ha respondido: “Son pocas porque los informes de adopción los hacen los mismos técnicos de las residencias en las que se encuentran viviendo”. Estas residencias cobran una media de 3.000 euros al mes por cada menor que reside en sus instalaciones, según Morales. Una cuantía que contrasta con los apenas 300 euros de media que recibe una familia de acogida. Ha destacado, además, que el 87% de esas ayudas van a parar a una de las 58 residencias que hay en la región (el 90% de ellas privadas).

La directora de Familias de Colores ha denunciado que el 90% de los menores que se encuentran en los orfanatos de la Comunidad de Madrid tienen más de seis años, son grupos de hermanos o tienen una patología. “Los técnicos consideran a estos perfiles de riesgo, por eso las familias se van a los más pequeños, lo que condena a los niños de más de seis años a vivir en estos centros”, ha resaltado. Por eso, Morales pide a las instituciones campañas de visualización. “Holanda las hizo y pasó del 6% a un 60% en las adopciones de niños de más de seis años”. En España, en cambio, este tipo de adopciones apenas alcanza el 1% del total. Por eso Morales ha solicitado ayuda para desarrollar la ley de infancia, “aunque entiendo que lo más cómodo es ser ajenos a la realidad en sus despachos”.

(Fuente: Diario El País. Noticia 20-05-2016)

sábado, 21 de mayo de 2016

¡Esto sí que es una familia!.


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Fue justo después del día de Reyes del 2015. Aquel 7 de enero, tras mucho hablarlo entre ellos y también con los hijos mayores de Juan-ya independizados-, él y su mujer, Conchi, hicieron la solicitud de adopción. Y apenas cinco meses después, el teléfono sonó para darles la mejor de las noticias. Les habían asignado niños. Tres. Dos chiquillos y una niña. «Esa llamada fue muy emocionante, pero fue mucho más bonito empezar a verlos», señala Conchi.

En julio comenzaron las visitas. Primero cada quince días, después los fines de semana... Al final, un fin de semana en la casa familiar en Viana do Bolo y, ya en septiembre, el viaje definitivo. El que les convertía en una familia numerosa. De la calma que una pareja tenía en el campo, al bullicio que dan los niños. Y más cuando tienen seis, ocho y nueve años (en aquel momento, desde entonces dos ya han cumplido). Adiós al remanso de paz. Hola a la alegría, a las risas, a las piñatas de cumpleaños, a los besos despistados... al primer «mamá» y al primer «papá» que se escuchaba en la vivienda.

¿Cómo es ese cambio de vida, de salir de casa siendo dos y volver a dormir siendo cinco? «Fue un crecimiento personal, tanto para los niños como para nosotros», señala Conchi convencida. Incidiendo en la logística, ella lo tiene claro, es cuestión de organización. «Una vez que lo piensas y organizas la casa, los horarios, el colegio donde van a ir, las actividades que van a hacer, cómo va a ser la vida en casa, las normas... Una vez que organizas eso y lo estructuras, cuando llegan los niños todo está pensado y no te causa sorpresa», explica.

Hace falta organización, mucha, como en cualquier casa donde haya tres niños. El miércoles, recién llegados a casa del colegio, toca llevar la ropa sucia de la tarde en la piscina a la cesta, recoger los libros y ponerse a hacer los deberes. En eso ayuda Juan, que al mismo tiempo se encarga de hacer la cena. Hay que cumplir las rutinas para que funcione. Si queda algo de tiempo, momento para una partida de ajedrez; y después salida al jardín para recoger a los corderos antes de volver a casa. Es hora cenar y, en breve, para cama. Que al día siguiente se madruga. Menos marcados están los horarios los fines de semana, cuando disfrutan de rutas de senderismo, las clases de música o de salidas en bici. «Hacemos con ellos todas las actividades que podemos», señala la madre.

Más allá de establecer rutinas y llevar una vida ordenada, en un proceso de adopción es preciso crear el vínculo afectivo. «Es algo especial y muy gratificante», dice ella. Y va más allá: «es lo más precioso que te puede suceder en la vida, crear ese vínculo con un hijo adoptivo».

Conchi es pedagoga, y se le nota cuando se explica, porque se ha formado mucho para intentar afrontar la situación con todas las claves. Además, recurre a los consejos del equipo de adopción cada vez que cree necesitarlo, y también habla con otras familias. Para seguir sumando, a su lado tiene a Juan, que ya había criado dos hijos. Son, por tanto, una pareja con ventajas sobre padres primerizos. «Somos un equipo», destaca Conchi. Pero sobre todo lo que se les notan son las ganas. De aprender y de ser padres juntos. Conchi cuenta que llevaba años queriendo ser madre. Pero no fue el momento antes. Tenía padres muy mayores y tíos a los que cuidar, y estaba sola. «Siempre pensé que un niño tiene que tener un padre y una madre. Yo respecto mucho las adopciones monoparentales, y lo apoyo, pero mi pensamiento es ese. Digamos que tuve que esperar el momento adecuado», dice. Hace diez años llegó Juan a su vida. Desde septiembre son padres.

Pero no todo es maravilloso. No eran niños recién nacidos, a los que cubrir carencias desde que nacen. «Son niños que suelen venir heridos, heridos por el tipo de vida que les tocó vivir... Y tú tienes que curar esas heridas, y paliar los efectos de las mismas», señala. Y está pasando en su caso. La niña, que es la mayor, todavía tiene recuerdos de una vida que poco se asemeja a la infancia como ese espacio ideal. Le está costando más abrirse, cuentan los padres. Los niños, especialmente el pequeño, vive por primera vez la experiencia de tener una familia (llevaba en un centro de acogida desde que tenía apenas un año, así que no recuerda otra vida). Ellos se han abierto más fácil.

¿Hubo un día en el que ven que ese vínculo ya es familiar? «Lo van sintiendo ellos poco a poco, y son ellos los que te lo manifiestan. Yo recuerdo un día que el pequeño dijo: ¡Esto sí que es una familia! (dice ella sin poder evitar emocionarse). Y otras veces me pregunta por qué no salió de mi barriga, si no puede meterse dentro para salir otra vez ?porque tú eres mi mamá?», cuenta. Reconoce Conchi que mucho ha llorado en estos meses, pero siempre de felicidad. De ese beso furtivo que le llega cuando está despistada, o ese «mamá» que le susurran al oído. No solo han creado el vínculo de padres a hijos, sino que se ha reforzado el de hermanos. «Tenían ya un vínculo fuerte, pero con nosotros se ha arraigado más, ahora notan la pertenencia a una familia», señala. El mediano lleva tiempo preguntando cuándo tendrá los apellidos.

No siempre les llaman mamá y papá. Muchas veces utilizan los nombres de pila para referirse a ellos. No hay nada impuesto. «Lo importante no es que te llamen mamá o Conchi, lo importante es que te vean como su madre», resalta. Y viendo cómo se abrazan, queda claro que sí.

(Fuente: www.lavozdegalicia.es)

viernes, 14 de agosto de 2015

El Gobierno espera 13.000 adopciones para los niños tutelados en centros.

El Gobierno no tiene “ninguna duda” de que las familias españolas adoptarán a los más de 13.000 niños en desamparo, tutelados por las administraciones autonómicas en residencias de acogida. Para ello, prevé el lanzamiento en 2016 de una gran campaña a nivel nacional, en colaboración con las comunidades, para fomentar el acogimiento familiar para estos infantes.
Así lo asegura en una entrevista la directora general de Familia e Infancia del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Salomé Androher con motivo de la reciente aprobación de la Ley de Protección de la Infancia y Adolescencia, publicada el pasado miércoles en el Boletín Oficial del Estado.
“No todos los niños que viven en residencia son ‘adoptables’, pero muchos lo son y lo serán pronto a partir de la entrada en vigor de esta ley”, explica Adroher, que señala que la “clave” del texto es la priorización y “desjudiacialización” del procedimiento de acogida para facilitar el proceso y fomentar las acogidas de menores en núcleos familiares.
Hasta ahora, una familia cuyo hijo, declarado en desamparo y retirado de la casa por los servicios de protección, necesitaba el consentimiento de su familia de origen para ser acogido por otra familia. Si la de origen no se lo daba, el proceso se judicializaba, quedando paralizada la adopción. “Esto se va a acabar”, sentencia la directora general de Infancia, que añade que el menor podrá estar con una familia mientras se resuelve el caso en los juzgados.
“Algunos niños se pasan institucionalizados toda su vida porque su familia se niega a que viva con una de acogida. Hay que velar por el interés superior del menor. La familia de origen puede impugnar judicialmente el desamparo, pero lo que no puede pasar es que, mientras esto se aclara, a este niño no se le dé la oportunidad de crecer en una familia", aseveró.

(Fuente: www.eladelantado.com)

Requisitos y condiciones para adoptar un niño en España y fuera de nuestras fronteras.

  • La nueva ley establece criterios comunes para preparar para la adopción a padres que lo son de acogida.
  • De 2009 a 2013 en España se produjeron un total de 11.330 adopciones internacionales, según el Ministerio de Sanidad.

Son muchas las parejas españolas que tienen decidido o se plantean adoptar a un niño, bien en España o bien en algún país del mundo con el que exista convenio entre gobiernos. El pasado 16 de julio el Pleno del Congreso dio luz verde a la Ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia, que incluye modificaciones en el sistema de adopción como la creación del sistema de adopción abierta, que permite que el menor adoptado mantenga el contacto con su familia biológica en los casos en que quiera y pueda hacerlo.

La nueva ley también establece criterios comunes para preparar para la adopción a padres que lo son de acogida, regula el derecho de los niños a conocer su origen y su pasado y crea un registro unificado de maltrato infantil al que podrán acceder los servicios sociales de todo el país.

Requisitos para adoptar

La persona que quiere adoptar debe tener al menos 25 años (si se trata de una pareja de hecho o un matrimonio, basta con que uno de los dos los tenga), y catorce más que el niño.

Por su parte, aquellas personas que hayan sido incapacitadas para ejercer la patria potestad no podrán adoptar.

Además, las diferentes Comunidades Autónomas pueden establecer sus propios requisitos y de hecho las condiciones no son iguales en todas. Por ejemplo, las parejas que desean adoptar en Asturias o en Madrid han de acreditar una convivencia previa de tres años. En los siguiente enlaces se pueden ver los requisitos que exigen las distintas Comunidades Autónomas para la adopción autonómica o nacional:

1. Andalucía

2. Aragón

3. Principado de Asturias

4. Islas Baleares

5. Islas Canarias

6. Cantabria 

7. Castilla-La Mancha

8. Castilla y León 

9. Cataluña 

10. Extremadura 

11. Galicia 

12. La Rioja 

13. Comunidad de Madrid 

14. Comunidad Foral de Navarra 

15. País Vasco

16. Región de Murcia

17. Comunidad Valenciana

En cuanto a las adopciones internacionales también es necesario tener en cuenta los requisitos del país concreto del que provenga el niño. Por ejemplo, según la asociación AFAC algunos de los requisitos que se piden en China son que los matrimonios lleven dos años de casados, que aumentarán a cinco en el caso de que no sea el primer matrimonio de ambos, y que tengan entre30 y 50 años.

En los siguientes enlaces se recoge una tabla resumen de las condiciones de cada país. Tambien puede conocer los requisitos concretos de un total de 66 países:

- De Albania a China

- De Ecuador a Hungria

- De India a Nicaragua

- De Panamá a Vietnam 

Requisitos para ser adoptado

En principio, son susceptibles de adopción únicamente los menores de dieciocho años que no estén emancipados. Como excepción podrían ser adoptadas personas mayores de edad o menores emancipados, si desde antes de los catorce años y justo hasta dicha emancipación estaban en régimen de acogida o convivencia. Por otro lado, no se puede adoptar a un descendiente ni a un pariente en segundo grado (nieto, hermano o cuñado).

Trámites para la adopcion en España

Si se desea realizar una adopción nacional el interesado debe acudir al Servicio de Protección de Menores de su ciudad y cumplimentar una solicitud que deberá acompañar de los siguientes documentos: certificado de penales, certificado médico, certificado de ingresos económicos y, en su caso, certificado de matrimonio.

Una vez presentada la documentación, el Servicio de Protección de Menores realizará un estudio del perfil de la familia para determinar su idoneidad para adoptar. Dependiendo de los niños que en cada momento están en adopción y de sus características, elegirán a una familia a la que mostrarán la proposición, que remitirán también al juez competente.

A partir del momento en que el juez dicta resolución, el vínculo creado entre los adoptantes y el adoptado como padre(s) e hijo será irrevocable.

Adopciones internacionales

En el caso de las adopciones internacionales (de niños procedentes de otros países), los adoptantes deben presentar una solicitud ante un Servicio de Protección de Menores o servicios específico de adopción de su Comunidad Autónoma.

Será la administración la que compruebe si es posible adoptar en el país elegido, ya que si por ejemplo se encuentra en guerra o situación de desastre natural no es posible desarrollar el trámite.

Tras toda una serie de procesos (para más información consultar en el Ministerio de Sanidad), tendrá lugar el viaje al país de procedencia del niño para la constitución de la adopción ante la autoridad competente. Luego se acudirá al Consulado español en ese país para recibir los visados y realizar la inscripción de la adopción en el Registro Civil Consular, que también podrá hacerse en el Registro Civil de la propia localidad una vez de regreso en España.

Es necesario tener en cuenta que la adopción internacional no siempre es posible, ya que en cada caso concreto deben cumplirse los requisitos tanto de la legislación española como de la del país de procedencia del menor. 

Países de procedencia de los niños que se adoptan en España

De 2009 a 2013 en España se produjeron un total de 11.330 adopciones internacionales, según el Ministerio de Sanidad, periodo a lo largo del cual fueron reduciendo progresivamente. En 2013, el país del que procedía mayor número de niños fue la Federación Rusa (un total de 350), seguida de China (293) y Etiopía (260). También suelen adoptarse niños de Filipinas y Vietnam.

(Fuente: www.noticias.lainformacion.com)

miércoles, 27 de mayo de 2015

El Congreso ratifica y envía el jueves al Senado la Ley de Infancia y Adolescencia con el único voto del PP.

El Pleno del Congreso de los Diputados ratificará y enviará el jueves al Senado el proyecto de ley de infancia y adolescencia y el proyecto de ley orgánica del mismo nombre, con el previsible único voto a favor del PP, el voto en contra de Izquierda Plural y CiU y la abstención de PSOE y PNV, tal y como sucedió en su aprobación en comisión del pasado lunes 18 de mayo.

El texto debe ser refrendado por el Pleno de la Cámara Baja dado su carácter orgánico. La norma modifica hasta una docena de leyes vigentes y, durante el trámite parlamentario en el Congreso se han introducido cerca de 150 enmiendas parciales de todos los grupos, así como medio centenar de transaccionales.

El portavoz del PP en el Congreso, Rafael Hernando, ha destacado este martes en la rueda de prensa posterior a la Junta de Portavoces de los martes la importancia de la ley, así como su aprobación el próximo jueves, una ley de la que ha destacado que va a primar el interés superior del menor en toda la legislación.

NOVEDADES INTRODUCIDAS EN EL TRÁMITE PARLAMENTARIO

Igualmente, ha recalcado el hecho de que se modifique la Ley de Extranjería a fin de ampliar de 30 a 90 días el periodo de reflexión que se concede a las víctimas de trata con fines de explotación para que decidan si colaboran o no con la justicia en la investigación de los delitos cometidos contra ellas.

Asimismo, ha resaltado que se reforma la Ley para la Mejora del Crecimiento y el Empleo del año 2006 para bonificar a quienes den empleo a víctimas de trata de seres humanos con una bonificación para el empleador de 1.500 euros al año durante dos años por trabajador contratado de forma indefinida. En el caso de contratos temporales con estas personas se tendrá derecho a una bonificación mensual de hasta 600 euros al año durante la vigencia del contrato.

Además, ha subrayado la creación a partir de esta ley del Registro de Delincuentes Sexuales, que contendrá la identidad de los condenados por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, trata de seres humanos, explotación de menores e información sobre su perfil genético de ADN y que será confidencial.

LA POBREZA NO PODRÁ SEPARAR FAMILIAS

A su vez, durante el trámite parlamentario, se ha blindado -- a través de un pacto entre PP, Izquierda Plural y Grupo Mixto-- que la situación de pobreza no pueda ser un factor a tener en cuenta para separar a un menor de sus padres, ni tampoco la discapacidad del niño o de alguno de sus progenitores.

También se pondrá en marcha el Registro Unificado de Maltrato Infantil, que se suma a la obligación de las comunidades autónomas y la Administración General del Estado de establecer un sistema de información compartido que permita conocer la situación de la protección a los niños y adolescentes en España, con datos por género y discapacidad, gracias a un acuerdo entre PP y PSOE.

Por otra parte, el redactado de la norma incorpora una nueva disposición adicional por la que se garantiza la atención integral a jóvenes extutelados, concretamente, su formación en habilidades para propiciar su autonomía al cumplir los 18 años, el alojamiento y la formación para el empleo.

Sobre las familias de acogida, el nuevo texto añade que las familias acogedoras tendrán "los mismos derechos" que la Administración reconoce al resto de unidades familiares pero también "las mismas obligaciones" respecto del menor acogido.

ASESORAMIENTO A TUTELADAS EMBARAZADAS

A su vez, CiU y PP quisieron la adición de un nuevo apartado a la ley, referido a "las menores y las jóvenes sujetas a medidas de protección que estén embarazadas", por el que "recibirán el asesoramiento y apoyo adecuados a su situación" y que en el plan individual que se realice a la menor se contemplará "la protección del recién nacido".

LOS PROCESOS DE ADOPCIÓN

Estos dos proyectos de ley tienen el objetivo a su vez de agilizar los procesos de acogimiento y adopción para favorecer que los niños, especialmente los menores de tres años, permanezcan con una familia.

Además, con esta norma se crea la adopción abierta, que permitirá al menor mantener alguna clase de contacto con su familia biológica siempre que lo establezca un juez, y con el visto bueno tanto del propio adoptado como de las familias de procedencia y adoptiva.

Igualmente, se regula el derecho al acceso a los orígenes de los adoptados, de forma que las entidades deberán conservar la información sobre el menor durante al menos 50 años.

MENORES Y VIOLENCIA DE GÉNERO

Por otra parte, la norma reconoce como víctimas de violencia de género a los menores y prevé que puedan permanecer con sus madres y regula por primera vez los centros para menores con problemas de conducta.

A su vez, el texto renueva el marco de protección de los menores, en especial de los que se encuentran en una situación más vulnerable, como el caso de los menores extranjeros, a los que se les reconocerán los derechos a la educación, asistencia sanitaria y acceso a los servicios sociales en las mismas condiciones que los españoles. A los menores con discapacidad se les garantizará plena accesibilidad, así como unos servicios sociales especializados y adaptados.

En materia de prevención, se impone como requisito para ejercer profesiones que impliquen contacto son niños, no haber sido condenado por delitos contra la libertad sexual, trata y explotación.

LA OPOSICIÓN DE LOS GRUPOS

Durante el trámite, el PSOE, que se ha abstenido en la votación, agredeció el "gran número" de enmiendas parciales que se introdujeron al texto que en un primer momento presentó el Gobierno, si bien no pudo apoyarlo, entre otros puntos, puesto que "la ley no afronta en absoluto, ni pone las bases" para luchar contra la pobreza infantil.

CiU y la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) votaron en contra de la ley ya que, a su juicio, esta norma supone una "devaluación" de las competencias autonómicas.

En este sentido, el diputado de CiU, Carles Campuzano mostró su rechazo a que la Generalitat catalana vaya a perder su potestad a la hora de determinar con qué países pueden adoptar las familias catalanas, a la vez que criticó el intento de "recentralización" y advirtió a los populares de que "esta ley terminará en el Tribunal Constitucional".

(Fuente: www.teinteresa.es)

viernes, 20 de febrero de 2015

El trabajo con menores quedará vetado a condenados por violencia sexual. (Anteproyecto Ley Protección a la Infancia en España)

El Gobierno ha aprobado este viernes losproyectos de Ley de Protección a la Infancia y a la Adolescencia que reconocen como víctimas de violencia de género a los menores y agilizan los procesos de acogimiento y adopción para favorecer que los niños, especialmente los de menos de 3 años, permanezcan con una familia.

Los proyectos, según ha detallado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, refuerzan la protección del menor frente a delitos como los abusos sexuales, de los que fueron víctimas 3.364 en 2013.Y establecen, por ejemplo, como requisito para ejercer profesiones que impliquen contacto habitual con niños no haber sido condenado por delitos contra la libertad sexual, trata y explotación.

El Ejecutivo refuerza el derecho de acceso a los orígenes de los adoptados, de manera que las entidades públicas asegurarán la conservación de la información durante al menos 50 años, y contempla la posibilidad de que el menor en adopción mantenga algún tipo de contacto son su familia biológica.

También modifica la Ley de Protección de Familias Numerosas para asegurar que éstas conserven el título mientras al menos uno de los hijos tenga menos de 21 años o 26 si está estudiando.

Menores tutelados

En los casos de menores tutelados por las administraciones (hay 35.000 en la actualidad, de los que 13.400 están en centros de acogida), se dará prioridad al acogimiento familiar por encima del residencial, lo que será preceptivo en caso de menores de 3 años, y ya no se requerirá intervención judicial. Estas familias recibirán valoraciones de idoneidad, como ya ocurre con las adoptantes, y responderán al Estatuto del Acogedor Familiar, donde se recogerán sus derechos y obligaciones. En todos los casos, será preceptivo un Plan Individual de atención que se revisará periódicamente.

Se definen tres tipos de acogimiento familiar: De urgencia (para menores de 6 años con una duración no superior a 6 meses), Temporal (máximo dos años y se resolverá si el menor vuelve con sus padres o se decide una medida más estable, como la adopción) y Permanente (se constituirá pasados los dos años de acogimiento temporal y tendrá lugar cuando no sea posible la reintegración familiar o en casos de menores con necesidades especiales, si las circunstancias lo aconsejan).

Respecto a la adopción, para menores en desamparo no será necesario el asentimiento de los padres biológicos si al cabo de dos años no han intentado revocar la situación y una vez iniciado el expediente, seguirá adelante si no comparecen tras la citación. Se unifican los criterios para las familias adoptantes y se introduce la restricción a quienes estén privados de la patria potestad de un hijo.

Periodo de convivencia en adopciones

Antes de que el juez autorice la adopción, podrá iniciarse un periodo de convivencia entre el menor y la familia considerada idónea, evitando así el centro de acogida. Se introduce además la adopción abierta, que permite al menor en adopción mantener relación con miembros de su familia biológica, en lo que el juez contará con el visto bueno de la familia de procedencia, de la adoptiva y del propio menor.

Mientras, se amplía a seis semanas el plazo de que disponen las madres que hayan dado a su hijo tras el parto para asentir en el proceso de adopción, trámite que no habrán de renovar al cabo de seis meses, como ocurre en la actualidad. Se introduce además el derecho de los niños adoptados a conocer sus orígenes, que podrán consultar su expediente cuando cumplan los 18, obligando a las entidades públicas a conservar la información de la que dispongan durante al menos 50 años.

Guardia voluntaria

En materia de desamparo, se definirá con rango estatal las situaciones de los menores en riesgo y desamparo, limitando ésta a los casos de abandono, riesgo para la vida, salud o integridad física; o la inducción a la mendicidad, la delincuencia y la prostitución. En estos casos, se dará la tutela a la administración pública que, al cabo de dos años, podrá acordar su adopción o cualquier otra medida de protección. Pasado este plazo, sólo el Fiscal y no los padres, podrán impugnar la tutela.

En cuanto a la guardia voluntaria (la que solicitan los padres a la administración) se limita también a dos años para evitar que se cronifique, al cabo de los cuales o el menor vuelve con su familia o se dicta sobre él una medida de protección estable.

Uno de los aspectos más novedosos de los proyectos es que por primera vez, se regularán los centros para menores con trastornos de conducta, comúnmente conocidos como reformatorios, mediante una modificación de la Ley de Protección Jurídica del Menor y la Ley de Enjuiciamiento Criminal que establece, que no podrán convivir estos menores con otros bajo tutela pública que no tienen diagnóstico de estas características, como viene sucediendo.

Se impone la orden judicial como requisito imprescindible para el ingreso salvo urgencia (se dan 72 horas de plazo en este caso) y se concreta el régimen disciplinario, estableciendo normas para el uso de medidas de seguridad, contención y aislamiento, que no podrán utilizarse como sanción y serán "el último recurso" en casos de defensa propia, intentos de fuga, resistencia física a una orden legal, o riesgo directo de autolesión, de lesiones a otros o daños graves a la propiedad.

Estas medidas, como la contención mecánica o física que también regula el texto, deberán responder a un principio de proporcionalidad, durar el tiempo mínimo imprescindible y aplicarse por personal con formación específica. El aislamiento, también excepcional, será acordado por el director del centro y notificado a la Fiscalía, nunca tendrá carácter disciplinario y durará máximo seis horas. Nunca se podrán administrar medicamentos como sanción.

Medidas cautelares para la violencia de género

La reforma toca otros muchos aspectos, como la Ley de Violencia de Género, en la que figurarán los menores como sujetos de la protección que actualmente brinda la norma a las mujeres. Se impone además que el juez deba pronunciarse siempre sobre las medidas cautelares que afectarán a los niños y se prevé que puedan éstos permanecer con sus madres.

También en materia de prevención, se impone como requisito para ejercer profesiones que impliquen contacto son niños, no haber sido condenado por delitos contra la libertad sexual, trata y explotación. Además, se impone la obligación para todos los ciudadanos de comunicar a la Fiscalía los hechos de este tipo de los que tenga conocimiento.

Otro de los cambios que se introducen es sobre la participación de los menores en procedimientos judiciales. Los proyectos establecen que deberán ser oídos y escuchados, aunque sean menores de 12 años, siempre que acrediten madurez suficiente. El menor sólo tendrá que prestar su testimonio una vez y será asistido por expertos en desarrollo infantil durante todo el proceso.

Por otra parte, Sanidad ha incorporado un "catálogo de deberes" de los menores de edad en los ámbitos social, escolar y familiar que recoge entre otras, la obligación de "corresponsabilizarse en el cuidado del hogar y las tareas domésticas", así como respetar la dignidad, integridad e intimidad de las personas con que se relacionen, "las normas de convivencia" de su centro educativo o el medio ambiente, colaborando en su conservación.

(Fuente: elperiodico.com)

lunes, 24 de noviembre de 2014

Las adopciones se quedan en casa.

Ser padres suele ser el sueño de muchas parejas y la adopción internacional, hasta hace unos años era el último recurso para muchas de ellas. Sin embargo, las circunstancias políticas y sociales han dado un vuelco a esta situación. Como recoge el Servicio Social Internacional, en 2004 y 2005 el número de adopciones internacionales al año superaba las 22.000 en Estados Unidos, las 4.000 en Francia y las 5.000 en España. Las familias tenían claro que era la vía más ágil y segura de cumplir su sueño, ya que la opción nacional estaba prácticamente cerrada.
En el caso español en el que cada comunidad autónoma tiene su propio sistema, el proceso se podía alargar más de ocho o nueve años. Sin embargo, como apunta Blanca Gómez Bengoechea, coordinadora del Master en Adopción y Acogimiento de la Universidad Pontificia de Comillas y experta jurista en el campo de la protección de menores: «Ahora los plazos para adoptar un niño en el extranjero se han alargado mucho y acercado a los de la adopción nacional (especialmente en algunas Comunidades Autónomas), así que la gente se está echando para atrás, quizá “reservándose” para una opción nacional, que les va a llevar casi el mismo tiempo y menos dinero, o directamente descartando la adopción por los largos plazos de espera».
Ésta es una de las principales conclusiones que la experta destaca de los datos que publica el Centro Internacional de Referencia para los Derechos del Niño Privado de Familia, uno de los organismos más relevantes en esta área. Mientras que en 2011, en los principales países de acogida se registraron 22.898 adopciones, el año pasado la cifra bajó drásticamente hasta las 15.810. Una disminución que supera el 40 por ciento si se toman los datos de 2010. El propio centro arguye, entre los posibles motivos de este descenso, que los cambios legislativos que se están dando en los sistemas de protección de los menores es uno de los principales motivos, aunque también es cierto y preocupa a las organizaciones que protegen a los niños «el aumento constate y preocupante de las adopciones en los países de origen que no han ratificado el Convenio de La Haya de 1993. En particular, en países que se enfrentan a conflictos armados».
No es sólo una cuestión política
La principal desaceleración viene de los países donde más procesos abiertos existen. Es decir en China, Etiopia, Rusia, Colombia y Corea del Sur. En el caso español, cabe destacar la problemática que se generó con la Federación Rusa que mantuvo paralizadas el número de adopciones en 2013 y parte de 2014 y que, aún hoy, la relación no está del todo restablecida.
No obstante, y a pesar de las trabas de los países de origen, el bajón en la adopción internacional en España no es solamente por una cuestión política.
Como apunta Gómez Bengoechea «también pueden haber contribuido la crisis económica y el aumento en los plazos de espera. Empezamos a adoptar en el extranjero cuando era posible tener un niño en casa en unos plazos que parecían razonables y eran mucho menores a los de la adopción nacional, y creo ese fue uno de los motivos que impulsaron el crecimiento de la adopción internacional en España».
Los últimos datos con los que cuenta el Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad sobre protección a la infancia son de 2011, por lo que es necesario comprobar comunidad por comunidad cómo está la situación de la adopción nacional y, son pocas las instituciones que faciliten datos sobre los plazos de espera, así que son las propias familias que se unen en foros las que mejor datos facilitan. Por ejemplo, en Cataluña, el plazo medio de espera es de 4 a 5 años, eso sí los trámites se agilizan mucho tanto en esta comunidad como en otras si el menor tiene necesidades especiales, es mayor de siete años o tiene tres hermanos y se adopta a todos. En Andalucía esta diferencia es clave porque si una pareja tiene que esperar más de cuatro años para una adopción de un menor de 0 a 3 años, si los padres optan por adoptar a un niño con necesidades especiales, sólo tienen que esperar dos años. Eso sí también están las eternas esperas de comunidades como Madrid que mantiene cerrado el proceso para admitir nuevas parejas desde diciembre de 2008 o Extremadura que también las tiene paralizadas desde 2013. «Los países de origen han ido cambiando sus prácticas en cuanto a la declaración de adoptabilidad, la búsqueda de familias adoptivas en el propio país... y las grandes diferencias entre adopción nacional e internacional tienden a disminuir», sostiene Jesús Palacios, catedrático de Psicología Evolutiva de la Universidad de Sevilla y experto en procesos de adopción. Es más, él también concluye que entre 2004 y 2013 «se ha producido una reducción a la tercera parte de los procesos de adopción internacional», pero no solamente en España, sino en todos los países de acogida. Pero el catedrático de universidad no sólo fija el detonante en la crisis económica: los procesos son muy costosos. Adoptar un menor en Rusia puede superar los 30.000­ euros, pero según sostiene el experto, «un factor añadido es una mayor conciencia de la complejidad de la adopción. Cuando empezó el “boom” de la adopción internacional quizá era frecuente una actitud optimista del tipo “el amor todo lo puede”».
Sin embargo, tal y como como sugiere Jesús Palacios, «la investigación ha ido demostrando que la recuperación tras la adopción es enorme, pero no siempre completa ni inmediata. Quienes busquen en la adopción satisfacciones continuas se van dando cuenta de que quizá la realidad no es ni será así, porque la adopción es una realidad mucho más compleja».

Amparo (Valencia): «Adoptaremos aquí un hermano para Alexei»

Amparo es un ejemplo de la evolución y diferencias entre adopciones nacionales e internacionales. «En 2008 iniciamos los trámites para adopción nacional e internacional». Era la época en la que las relaciones con Rusia eran estrechas. En marzo de 2009 ya tuvieron su primera asignación, que no tuvo éxito, pero un mes más tarde «ya teníamos la definitiva. Adoptaron a Alexei, de tres años y «hoy ya nos pide un hermanito». Los gastos fueron muy altos porque, al margen de los trámites, tuvieron que viajar dos veces a Rusia y en el segundo viaje quedarse un mes allí para cumplir con la normativa del país. Pese a haber cumplido con su sueño de ser padres, decidieron mantener abierta la adopción nacional, su coste es cero, como en la mayoría de comunidades autónomas y el pasado de abril les llamaron de la Consejería de Asuntos Sociales para preguntarles si aún querían seguir con el proceso. «En enero esperamos tener las entrevistas y creemos que podremos tener a nuestro segundo hijo a finales del año que viene». Si se cumplen estos plazos, habrán transcurrido ocho años desde que iniciaron el proceso, aunque sí que perciben que los trámites se están moviendo más ahora que cuando ellos comenzaron

(Fuente: www.larazon.es)

miércoles, 22 de octubre de 2014

Confirman la adopción de dos menores a la que se oponen sus padres biológicos.

La Audiencia de Palma ha confirmado la adopción de dos hermanos que estaban en situación de desamparo desde 2009, en interés de los menores, y ha rechazado revocarla como pedían sus padres biológicos.
La sección 4 de la Audiencia ha desestimado el recurso interpuesto por los padres biológicos contra la decisión del Juzgado de Primera Instancia número 20 de Palma, que acordó la adopción de los dos niños el pasado mes de marzo por parte de una familia, y la ha confirmado.
Los padres naturales solicitaron que se revocara la adopción y se les diera la oportunidad de poder relacionarse con sus hijos "en el tiempo, forma y lugar que los especialistas de la administración determinen", y alegaron que han superado "los problemas existentes en su día" que llevaron a la declaración de desamparo de los menores.
Argumentaban que su situación actual es "espléndida" y disponen de vivienda y trabajo.
La sentencia recuerda que el Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) inició en 2008 su actuación en relación con los tres hijos de los apelantes. En 2009 se decretó su desamparo, a lo que no se opusieron los padres biológicos.
Los niños ingresaron en un centro de acogida y posteriormente pasaron a estar con varias familias canguro. Las visitas de los padres a uno de los menores se suprimieron desde marzo de 2010 de forma cautelar.
En 2011, los niños iniciaron un programa de separación definitiva.
En abril de 2012, se constituyó el acogimiento familiar preadoptivo de dos hermanos y la familia presentó propuesta de adopción ante el juzgado.
La sentencia recuerda que el mismo tribunal ya decidió en diciembre de 2013 que los padres simplemente debían "ser oídos" por el juez en relación con el proceso de adopción, y no dar su asentimiento, ya que están incursos en una causa de privación de la patria potestad.
El tribunal considera que el expediente de los dos hermanos refleja "de manera inequívoca" que su interés es que se mantenga la situación actual porque, "un cambio en su custodia o régimen de vida les acarrearía no pocos problemas y perjuicios".
La sección 4 de la Audiencia añade que los padres biológicos "no han demostrado que podían ofrecer realmente a los menores el ambiente y condiciones normalizadas de vida que precisaban, sino antes al contrario".
A lo largo de los dos últimos años, los dos niños han estado plenamente integrados en su familia adoptiva y sin ninguna relación con su familia biológica, indica la sentencia.
El tribunal recalca que lo que debe prevalecer "no es el interés de los padres biológicos sino el de los menores" y añade que no existe base objetiva para revocar la adopción, decisión que conllevaría mantener a los niños "en una situación de espera que en nada los beneficiaría".
(Fuente: www.diariodemallorca.es)

domingo, 12 de octubre de 2014

«Nos decidimos por la adopción nacional al ver que la espera para China se dilataba»

Hace nueve años, Carlos Villalón y Carmen María Royán tomaron la decisión más importante de sus vidas. Ambos tenían muy claro que querían ser padres y optaron por la adopción. Era el año 2005, el momento álgido de las adopciones internacionales, sobre todo con China. El tiempo medio de espera para este país era entonces de entre siete y nueve meses. Así que esta pareja de Antequera no se lo pensó. Hicieron los cursos obligatorios de la Junta, pasaron las entrevistas con los psicólogos, los técnicos visitaron su casa y consiguieron la ansiada declaración de idoneidad. Ya solo quedaba tramitar los papeles en el país asiático.
Sin embargo, los meses se fueron convirtiendo en años. China endureció los requisitos para los adoptantes extranjeros. Y aunque a ellos les respetaron las condiciones anteriores, la adjudicación de los niños empezó a dilatarse en el tiempo. Ante la incertidumbre de si finalmente conseguirían adoptar a un menor en China, en el año 2009 decidieron también inscribirse en la bolsa andaluza para la adopción nacional. «Optamos por la nacional al ver que la espera en China se dilataba», dice Carmen. Aunque la bolsa de niños pequeños y sanos ha estado cerrada hasta el año 2010, la de los niños con alguna necesidad especial se mantenía abierta. También el perfil de los padres para este tipo de menores era menos restrictivo con el tema de la edad, algo que beneficiaba a Carlos (53 años) y a Carmen (46).
En el verano de ese mismo año 2009, recibieron la llamada. Ya tenían una niña asignada en China. Tres meses después, Carmen Chunfeng (Feng Feng) –que significa brisa de primavera– estaba con ellos en casa. Tenía 19 meses. Pero esta pareja nunca cerró la puerta a la adopción nacional que habían iniciado poco antes. Con la llegada de su hija mayor, fueron paralizando el proceso hasta este mismo mes de enero, cuando decidieron que ya era hora de aumentar la familia. El pasado día 1 de septiembre, llegó María –nombre ficticio–, que solo tiene nueve meses.
Carlos y Carmen aseguran que la adaptación de las dos niñas ha sido muy buena. «Feng Feng se hizo a nosotros enseguida y con María hemos tenido suerte, porque venía de una familia de acogida de Hogar Abierto y ha vivido siempre en un entorno de cariño», asegura Carmen, que no descarta aumentar la familia. «Hemos hecho la solicitud por Pasaje Verde –niños con necesidades especiales– en China», asegura.
(Fuente: Diario Sur)

miércoles, 1 de octubre de 2014

El CGPJ expresa “cautelas” sobre la introducción de la adopción abierta. (Adopción Nacional España)

El pleno del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado esta tarde su informe sobre los dos anteproyectos elaborados por el Gobierno para modificar las normas de protección a la infancia, que introducen cambios en 13 leyes actualmente en vigor. El texto, redactado por los vocales Álvaro Cuesta y Juan Manuel Fernández, considera que la reforma planteada por el Gobierno merece una “valoración global positiva”, aunque expresa cautelas sobre una de sus principales novedades: la introducción en España de la denominada “adopción abierta”, una fórmula tradicional en los países anglosajones que permite a los menores adoptados mantener vínculos con su familia de origen.
El informe subraya que “no existe un consenso” sobre la idoneidad de este modelo y señala que el Gobierno no justifica su inclusión en la ley, más allá de su existencia en otros países como EE UU, Gran Bretaña, Austria, Canadá o Nueva Zelanda. Aunque reconoce que en determinados casos puede ser “una solución adecuada para el menor, en particular en el caso de adolescentes”, advierte de que se debe ser “muy cauteloso” antes de acordar esta clase de adopción y recomiendan una regulación más detallada de la misma, que incorpore la previsión de que solo se aplicará si se considera conveniente al superior interés del menor.
La directora general de Familia e Infancia del Ministerio de Sanidad, Salomé Adroher, asegura que la introducción de este modelo en España no se plantea como una opción ordinaria, sino como una alternativa a la fórmula del acogimiento. "Muchas familias de origen no permiten la adopción porque no quieren perder los vínculos, y esa es una de las razones por las que muchos niños acaban viviendo durante años en centros de protección o en familias de acogida provisionales. Con esto pretendemos esas familias de origen se atrevan a dar el salto, y también que haya muchas más que se lancen a acoger a esos niños porque, aunque estén obligadas a mantener los vínculos con los padres biológicos, no tendrán que vivir con la amenaza de que se los pueden quitar", explica.
Adroher considera que "la ley deja claro que el juez deberá decidir en cada caso, siempre que ambas familias estén de acuerdo, si es conveniente o no para el menor este modelo", aunque no rechaza la recomendación del CGPJ de regular con más precisión el procedimiento. "Podrían introducirse algunos detalles. En todo caso, tendremos en cuenta las recomendaciones del CGPJ en la redacción del proyecto final", asegura.
La Coordinadora de Asociaciones en Defensa de la Adopción y el Acogimiento (CORA) opina también que la fórmula puede ser positiva siempre que se regule con claridad. "Deben fijarse de antemano los protocolos técnicos de aplicación, y además deben ponerse los medios materiales y profesionales adecuados para que los jueces puedan evaluar bien cada caso", opina Adolfo García, coordinador general de la organización. "Las Administraciones deben ser especialmente cuidadosas en el momento de realizar las evaluaciones de las familias que se ofrecen para formalizar este tipo de adopciones, comprobando que están preparadas para una convivencia con la familia biológica para evitar problemas que pueden perjudicar al menor", añade.
Blanca Gómez Bengoechea, investigadora del Instituto de la Familia de la Universidad Pontificia de Comillas, cree también que este modelo puede ser muy positivo, sobre todo para los menores que viven en centros de protección. "Hay 15.000 niños atascados en estos centros porque no se encuentra una solución estable para ellos. Los niños necesitan estabilidad, y la adopción abierta puede ofrecerles esa estabilidad sin obligarles a perder el contacto con su familia de origen", afirma. "Que se mantengan el vínculo ni siquiera quiere decir que haya un contacto directo. Esta medida está pensada sobre todo para los que ya son un poco mayores, para que puedan seguir manteniendo vínculos con sus hermanos. Eso sí, debe pensarse bien en cada caso, no en todas las situaciones puede ser beneficiosa. Hay niños que necesitan ese contacto y otros para los que puede suponer un trauma", apunta la experta.

Más concreción sobre la retirada de custodia a los maltratadores

La reforma de la ley de la infancia introduce también una modificación de la Ley de Violencia de Género para incluir a los menores como víctimas directas y garantizar su protección. En concreto, el texto obliga a los jueces a pronunciarse siempre, y no solo si lo solicita la madre, sobre si deben adoptarse medidas de protección cautelares para los hijos, y establece además que podrán suspender a los inculpados por violencia machista la custodia y la  comunicación con sus hijos.
El informe que debate el CGPJ celebra que el texto reconozca a los menores como vícitmas directas de la violencia de género, pero pide concreción en la norma que hace referencia a la suspensión de la guarda y custodia o el régimen de visitas.

(FUENTE:  DIARIO EL PAÍS)

sábado, 26 de abril de 2014

La ley exigirá el historial delictivo para poder trabajar con niños. (Adopción y Acogimiento en España: Modificación de Ley)

El Gobierno ha aprobado dos anteproyectos de ley que modifican el conjunto de leyes relacionadas con la protección de los menores, para agilizar los procesos de acogimiento y adopción y reforzar la protección de los menores ante situaciones de abusos sexualesy de violencia de género.
Entre otras leyes, se reforma el Código Civil, la ley orgánica de Protección Jurídica del Menor, la de Adopción Internacional y la Integral de Medidas contra la Violencia de Género para permitir el desarrollo de las medidas aprobadas en el Plan de Infancia y Adolescencia 2013-2016. Esta «ambiciosa» reforma «coloca en primer lugar el interés superior del menor, ha dicho la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, tras la reunión del Consejo de Ministros.
La nueva regulación impedirá que personas condenadas por delitos contra la libertad sexual o explotación de menores desarrollen trabajos que tengan contacto con niños y obligará a autoridades, funcionarios y profesionales a denunciar ante el fiscal los abusos que conozcan en el ejercicio de su profesión. Regula la adopción abierta que permitirá mantener la relación con los padres biológicos, reconoce a los menores como víctimas de violencia machista y evita que el menor víctima o testigo tenga que comparecer en varias declaraciones judiciales.
La ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, ha destacado que los dos anteproyectos aprobados han sido fruto del consenso entre las comunidades autónomas y con la colaboración del ministerio de Justicia. Ha recordado que en España hay casi 35.000 menores que se encontraban bajo tutela o guarda de las administraciones, de los que 21.000 están en acogimiento y 14.000 esperan en residencias la llegada de una familia. Por primera vez, se definen en una norma de rango estatal las situaciones de riesgo y desamparo de los menores, que dará lugar a la tutela del menor por parte de la entidad competente.
Una vez superados dos años desde la declaración de desamparo, solo el Ministerio Fiscal podrá impugnarla, no los padres biológicos, y las entidades públicas podrán decidir cualquier medida de protección que consideren necesaria, como la adopción. Se priorizará el acogimiento familiar frente al residencial, especialmente para menores de tres años y en los casos que haya más hermanos se buscarán las opciones que permitan que estén juntos. «Se trata de buscar la mejor familia para cada niño», ha dicho Mato.
(Fuente: ABC.es)