domingo, 21 de junio de 2015

Congreso aprobó ley para agilizar adopciones y prohibir castigo físico a menores. Adopción en Perú.

En la sesión de la Comisión de la Mujer y Familia se aprobó, por mayoría, ambas leyes.

La Comisión de la Mujer y Familia del Congreso aprobó,  por mayoría, la Ley que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los menores y la Ley de adopciones de niños, niñas y adolescentes.
 
La propuesta del Poder Ejecutivo permite la inclusión de nuevos temas que garantizan los derechos de las personas adoptadas como son las adopciones prioritarias y del derecho del adoptado de conocer sus orígenes y su identidad biológica.
 
De esta manera, con relación al procedimiento de la adopción de menores en estado de adoptabilidad, este se sustenta en la importancia y trascendencia del trabajo que se desarrolla principalmente en la etapa formativa y de evaluación integral que se da para determinar la idoneidad de quienes solicitan la adopción.
 
La iniciativa aprobada considera la adopción como un derecho que tienen los niños, niñas y adolescentes separados de manera definitiva y legalmente de sus padres, a vivir en familia. Esto permite que el niño sea considerado un sujeto de derechos y que se desarrolle física y mentalmente en un ambiente de felicidad y comprensión.
 
La norma establece que para realizar un procedimiento de adopción se sigan cinco etapas como son preparación y capacitación de los solicitantes, evaluación integral del adoptante y de los menores para su ingreso al programa de adopciones; designación del adoptante en función de las necesidades del niño y adolescente; etapa de integración con la familia adoptante,  y etapa post adopción referente al acompañamiento post adoptivo a nivel nacional e internacional.
 
 En tanto, en dicha sesión también se votó por la prohibición del castigo físico y humillante a menores de edad.  
 
Así, resumiendo tres diferentes iniciativas, se aprobó la Ley que prohíbe el castigo físico contra niños, niñas y adolescentes. El objetivo es quenadie en el territorio nacional, pueda golpear ni siquiera moderadamente, a ningún menor, incorporándose además el derecho a gozar de un buen trato y elimina la facultad de los padres de corregir con violencia moderada, acción que en la práctica constituye una costumbre arraigada.
(Fuente: www.larepublica.pe)

No hay comentarios:

Publicar un comentario